RESOLUCIÓN ITSS: Obligación de Implantar Cuadrante ANUAL en Ciutat Esportiva Joan Gamper (Sabico Seguridad)
El artículo 52.2 del Convenio Colectivo de Seguridad Privada establece que «Con el mismo fin de conciliar la vida laboral y familiar, se establecerá un sistema de cuadrantes anuales (…) como mínimo en el 75% de los servicios fijos y estables».
Ante el incumplimiento de este precepto en el servicio «Ciutat Esportiva Joan Gamper» por parte de la empresa Sabico Seguridad, S.A., desde el Departamento Jurídico del Sindicato SPS-Catalunya se interpuso la correspondiente denuncia ante Inspección de Trabajo en defensa de los derechos de nuestros afiliados/as.
Finalmente Inspección de Trabajo nos ha vuelto a dar la razón declarando expresamente, como ya hicieron en muchos otros servicios, el derecho del personal del servicio al Cuadrante Anual, requiriendo de forma inmediata que la empresa lo implante respecto al año 2027 así como a los posteriores.
